Demanda legal (Recurso de Amparo) de ACCSI Acción Ciudadana Contra el Sida en contra dela Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV) ante el Juzgado Quinto de Primera Instancia del Trabajo dela Circunscripción Judicialdel Distrito Federal y estado Miranda de la República de Venezuela, quien sentencia en Mandato Constitucional a favor de un trabajador con VIH, donde ordena a la CANTV en fecha 6 de marzo de 1991:
1.- Permitir al trabajador cumpla con sus labores de trabajo que habitualmente desempeñaba;
2.- Abstenerse de continuar con la política de realizar exámenes médicos diferentes a los establecidos en la Cláusula 73 del Contrato Colectivo, sin la debida autorización de cada trabajador;
3.- Se le prohíbe al Departamento Médico Industrial de CANTV continuar con procedimientos y acciones que permitan a terceras personas no médicos conocer las condiciones de salud de aquéllos trabajadores que puedan verse afectados por enfermedades o síndromes que atenten contra su honor, reputación y vida privada, es decir, preservar el Secreto Médico en toda la acepción de dicha obligación;
4.- Se le ordena a la CANTV cumplir campañas informativas, al personal que le presta servicios, acerca del Sida, sus modos de transmisión y prevención de acuerdo a lo que establezca el Programa Nacional de VIH/Sida del Ministerio de Salud.
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